Ley de Transparencia
 
 
   
 
 
 
 
 
 
  Información Fundamental (Solicitud de info).

 

 
 
 
 
       

 

 

I. El marco normativo aplicable que regule la existencia, atribuciones y funcionamiento del sujeto obligado

       
   
       
  III. El informe anual de actividades  
       

 

 

 

 

 

IV. El calendario y agenda de las sesiones de naturaleza no restringida, así como las minutas o actas de las mismas

V. Los gastos en materia de comunicación social

VI. Los viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados

Viaje a Ecuador Mirta Insaurralde Noviembre 2009

Viaje a Portugal Mirta Insaurralde Octubre 2009

VII. Las cuentas públicas, así como los informes trimestrales de origen y aplicación de los recursos públicos

 
       
   
     

 

   
       
   
X. Las convocatorias, criterios y demás información relativa al ingreso, promoción y permanencia de los servidores públicos, de conformidad con las disposiciones del servicio civil de carrera

XI. Los servicios que ofrecen, así como manuales o sistemas en que se precisan los trámites, requisitos y formatos utilizados para los mismos

XII. El inventario y las modificaciones de los bienes inmuebles y vehículos, indicando la persona quien tiene el resguardo de los últimos

XIII. Los convenios celebrados con instituciones públicas o privadas

XIV. Los programas operativos que lleven a cabo, así como las metas y objetivos de éstos

XV. Los informes que, por disposición legal, generen los sujetos obligados

XVI. Las concesiones y autorizaciones estatales otorgadas, especificando sus titulares, concepto y vigencia

 
       






 

XVII. La información sobre el presupuesto asignado, así como los informes sobre su ejecución, los balances generales y los estados financieros

Presupuesto

Balance Junio 2008

Resultados Junio 2008
Ingresos

 
       


 
XVIII. Los resultados de las auditorías practicadas y las aclaraciones que correspondan, en su caso

 
       
  XIX. Los padrones de beneficiarios de programas sociales, así como el monto asignado a cada beneficiario
NO APLICA
 
       


 

XX. El padrón de proveedores

XXI. Las convocatorias a concurso público o licitación para las obras públicas, concesiones, adquisiciones, enajenaciones, arrendamientos y prestación de servicios, así como los resultados de aquellos, que contendrán por lo menos:
a) La justificación técnica y financiera;
b) La identificación precisa del contrato;
c) El monto;
d) El nombre o razón social de la persona física o jurídica con quien se haya celebrado el contrato;
e) El plazo y demás condiciones de cumplimiento; y
f) Las modificaciones a las condiciones originales del contrato

XXII. Las contrataciones que se hayan celebrado en los términos de la legislación aplicable detallando por cada contrato:
a) Las obras públicas, los bienes adquiridos, arrendados y los servicios contratados; en el caso de estudios o investigaciones deberá señalarse el tema específico;
b) El monto;
c) El nombre del proveedor, contratista o de la persona física o moral con quienes se haya celebrado el contrato; y
d) Los plazos de cumplimiento de los contratos

XXIII. Las personas u organismos y los montos a quienes entreguen, por cualquier concepto, recursos públicos, así como los informes que los primeros les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos

XXIV. Los mecanismos de participación ciudadana de que se disponga

 
       
   
       
 

XXVII. Cualquier otra información que sea de utilidad o interés general, además de la que con base en la información estadística, responda a las necesidades más frecuentes de las personas

 
       
    Artículo 15.- Además de lo previsto en el artículo 13, el Poder Ejecutivo del Estado deberá dar a conocer:  
       

 

 

I. Las leyes, códigos y decretos que está obligado a promulgar;

Ley de Transparencia

 
       
  II. Las disposiciones que emita en uso de su facultad reglamentaria;  
       
   
III. El Plan Estatal de Desarrollo, así como los reportes de avance, en términos porcentuales, de la consecución de metas y resultados que se deriven del mismo;
 
       
   
IV. Los planes y programas que se deriven de la aplicación de la Ley de Planeación del Estado de Jalisco y sus Municipios;
 
       
   

V. Los montos asignados a cada una de las dependencias, fondos revolventes, viáticos y
cualesquiera otros conceptos de ejercicio presupuestal que utilicen el Gobernador del Estado, los Secretarios y Subsecretarios de Despacho, Directores Generales, Directores de Área hasta Jefes de Departamento, así como el tiempo que dure su aplicación, los mecanismos de rendición de cuentas, de evaluación y los responsables del ejercicio de tales recursos presupuestales;

 
       
  VI. Las estadísticas e indicadores relativos a la procuración de justicia; y
NO APLICA
 
       
 
VII. Los datos estadísticos relativos al desempeño de las Junta Local y Especiales de Conciliación y Arbitraje y del Tribunal de Arbitraje y Escalafón.
NO APLICA
 
       
   



 
 
 

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